Las profesiones suelen tener Tribunales éticos que reglamentan el
desempeño del oficio. Profesionales de
la misma área son elegidos para juzgar el comportamiento de colegas. Hay
estatutos vigentes. Ahora en Agosto del 2017, el Tribunal Deontológico de
Psicología me condenó por dos razones.
En el 2009 recibí y evalué el caso de un menor, hijo de padres
separados, donde su madre angustiada por lo sucedido, quería evaluación y apoyo
por la forma en que se había dado la separación. El padre asiste dos veces a
consulta: en la primera, al escondido
graba la cita y en la segunda aporta copia de cartas “desesperadas” que le
escribe a su esposa para que no se separen. Pero luego, de acuerdo al
desarrollo de los hechos, argumenta que él nunca dio permiso para que su hijo
fuera apoyado psicológicamente. No aporta dinero para el sostenimiento, es
obstinado en seguir y reclamar afecto del niño y por las instituciones donde el
hijo se educa, hay constancia de su acoso afectivo. Primera condena: para el
Tribunal de Etica un psicólogo no puede recibir a un menor sin la aprobación de
ambos padres, así por ejemplo, el padre sea un violador. La madre (o padre) individualmente
no pueden buscar ayuda sin el permiso de un Juez o Comisaría de familia. Es una
falla (¡) del profesional recibir al menor sin autorización de ambos padres o
en su reemplazo de un juez. Está la palabra del señor que dice no dio
autorización y está la mía con las pruebas de los documentos entregados e
implícita aceptación del tratamiento. Nunca hubo constancia hablada o escrita
de su negativa al proceso psicológico para su hijo.
Segunda condena del Tribunal de Psicología: de acuerdo a la conducta,
sentimientos y respuesta del niño durante las citas, concluí como Psicóloga que
el padre necesitaba evaluación profesional y era un individuo (dado su
comportamiento obstinado y acosador) que generaba inseguridades y miedos al
niño. Por lo tanto es un hombre con dificultades emocionales que debería
recibir ayuda profesional. La acusación del Tribunal es que si el señor no fue
mi paciente, como Psicóloga no puedo deducir cómo son sus comportamientos. Las
heridas talladas en la salud emocional del niño, su angustia y miedo, los
efectos de la actitud social del señor, los reportes de la madre, no son válidos como pruebas de conductas
patológicas. Hoy, 2017, por las actitudes del padre, (lo vigilaba a través de
las rejas de la unidad, seguía al bus del colegio, tenía hasta 17 llamadas al
celular en una tarde) sus escándalos e histeria ante las reacciones del niño
(le tiene terror a su acoso), el padre pierde la custodia y patria potestad
tiene una orden de caución para no acercarse al menor. Existen pruebas
concretas de su conducta.
Si un Magistrado habla del proceso fuera del lugar asignado para
juzgarlo queda inhabilitado para fallar. No sucede en este Tribunal. Una de las
psicólogas que juzga, profesora
universitaria, manifestó su molestia hacia mi “puesto que la leen mas que a
revistas serias de Psicología”. Pareciera que enseñar esta carrera no garantiza
maestros éticos y coherentes. Son mas poderosas la rabia y la envidia. Acepto
la condena consciente de que los derechos del niño prevalecen sobre cualquier
norma. Por la salud emocional de un niño lo volvería a hacer ¿Usted lo haría?
Gloria H. @Revolturas

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